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De acuerdo al D.S. 206-83-EFC, las nuevas TASAS DE MIGRACION son las siguientes:
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| 1. |
Las principales tasas de migración son las siguientes: |
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| 2. |
Las tasas para los cambios migratorios y de clase de visa, tendrán los montos siguientes: |
- De no Inmigrante
(Oficial, Temporal - Clase turista o negocios) a No Inmigrante Residente.
- De No Inmigrante residente a Inmigrante
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US$300.00+20.00 |
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de Carnet de Extranjería |
- A no Inmigrante Temporal (Clase negocios) Prórroga de Residencia
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EXONERADOS de los pagos por los conceptos establecidos en 1- a, b, c, d y en 2- a, b, c, entre otros, los siguientes:
- Los miembros de órdenes religiosas que se dediquen gratuitamente a actividades educativas ó asistencia social.
- Los extranjeros y extranjeras casados con ciudadanos peruanos.
- Los menores de 18 años.
- Solamente el pago de 1- b, están exceptuados los inmigrantes que comprueben ingresos menores a los salarios mínimos vitales.
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Nota: Todas las tasas mencionadas son por persona |
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